Por: La Redacción.
Chihuahua, Chih., a 31 de agosto del 2023.- La diputada Georgina Zapata, integrante de la Sexagésima Séptima Legislatura, presentó una propuesta de decreto a fin de modificar el Código Penal, a fin de penalizar la falta de denuncia de una violación interfamiliar a un menor de edad.
La diputada Zapata comenta que el Abuso Sexual Intrafamiliar, aquel que e involucra o expone a un niño a actividades o comportamientos sexuales, por parte de un “familiar”, alguien considerado “parte de la familia” o un amigo cercano, es un acontecimiento traumático que por lo general trae sentimientos intensos de shock, rabia, confusión, negación, incredulidad y culpa, tanto a la víctima como a los familiares cercanos a ella.
«Desgraciadamente, cuando ese adulto que enfrenta la noticia de abuso de un menor del que tenía el deber de cuidar, lo abaten muchas veces sentimientos de negación, incredulidad y culpa, los cuales puede llegar a tomar la actitud de invisibilizar el evento precisamente por esos sentimientos de negación, actitud que condena al menor a seguir conviviendo con el depredador.» puntualiza la legisladora.
La diputada también expresa: «Como punto toral dentro de la presente reforma, encontramos que la pasividad y falla en la protección de los menores por parte de quienes deberían de velar por su seguridad, recae una responsabilidad penal por omisión de su obligación de brindar protección y cuidado para su bienestar; por otro lado, dicha responsabilidad debe llevar aparejada también la pérdida de la patria potestad de quienes la ejercen para con el menor, ya que no es en interés superior del mismo regresar bajo el cuidado de quien en primer lugar fallo en su responsabilidad de protegerlo.
Si bien es cierto dentro de nuestro Código Penal vigente, encontramos disposición respecto a las causales de la perdida de la patria potestad por Incumplimiento de las Obligaciones de Asistencia Familiar, reviste de vital importancia el reafirmarlo categóricamente a los Delitos Contra la Libertad y la Seguridad Sexuales y el normal desarrollo Psicosexual, cuando exista responsabilidad penal por omisión de denunciarla por parte de quien la ejerce.»
La propuesta de la diputada Zapata expresa al texto:
«ARTÍCULO 178 BIS.- A quien teniendo conocimiento de hechos delictivos tipificados en este capítulo omita denunciar, cuando la víctima sea menor de edad con la que se guarda relación de parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el segundo grado ascendente y hasta el cuarto grado colateral, lazos afectivos, posición de confianza, de autoridad, respeto, influencia o de dependencia, se le impondrá de dos a cinco años de prisión, además de la perdida de la patria potestad en caso de que la ejerza.»
La propuesta será turnada a comisiones para su análisis y discusión.