Por: La Redacción.
Chihuahua, Chih., a 29 de septiembre del 2023.- Diputadas y diputados integrantes de la 67 Legislatura, aprobaron la Minuta Proyecto de Decreto, remitida por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, que reforma el primer párrafo del artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de periodos de Sesiones Ordinarias del Congreso de la Unión.
En este sentido, una vez cumplimentado el debido proceso en relación a reformas constitucionales, el Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 1o. de febrero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.
Cabe destacar que, en los artículos transitorios, de la Minuta, se señala que la duración en el cargo de las y los diputados federales electos para la LXV Legislatura del Congreso de la Unión se computará a partir del 1o. de septiembre de 2021 y hasta el 31 de agosto de 2024, y las y los senadores electos para las LXIV y LXV Legislaturas del Congreso de la Unión se computará a partir del 1o. de septiembre de 2018 y hasta el 31 de agosto de 2024.
Además, las y los diputados federales electos para la LXVI Legislatura, durarán en el ejercicio de su cargo 36 meses, computados a partir del 1o. de septiembre de 2024 y hasta el 31 de agosto de 2027, y las y los senadores electos para las LXVI y LXVII Legislaturas, durarán en el ejercicio de su cargo 72 meses, computados a partir del 1o. de septiembre de 2024 y hasta el 31 de agosto de 2030.
Por último, es importante mencionar que dichas adecuaciones se plantean dado a que los periodos plasmados actualmente en el referido artículo 65, resultan incongruentes con las disposiciones constitucionales que prevén periodos de 36 meses para el caso de las diputaciones, y periodos de 72 meses para las senadurías.
Cabe destacar que el dictamen fue presentado ante el Pleno Legislativo por la diputada Adriana Terrazas Porras en su carácter de secretaria de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.