Por: La Redacción.
Chihuahua, Chih., a 29 de septiembre del 2023.- El Congreso de Chihuahua en Sesión Ordinaria, reformó y adicionó diversas disposiciones del Código Civil y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ambos ordenamientos del Estado, en materia de prohibición del castigo corporal humillante hacia niñas, niños y adolescentes como método de corrección y disciplina, además de la promoción de la crianza positiva.
La diputada Marisela Terrazas Muñoz, presidente de la Comisión de Juventud y Niñez, en la exposición del dictamen ante el Pleno, señaló que de acuerdo a la UNICEF, los castigos corporales o físicos son actos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes en los que se usa la fuerza física como golpes con la mano u otro objeto, empujones, pellizcos, mordidas, jalones de cabello u orejas, quemaduras, obligarles a mantener posturas incómodas o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
En tanto el trato humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, que devalúa a niñas, niños y adolescentes como personas, que los estigmatice, ridiculice y menosprecie, y que tenga como objetivo amenazarles, provocarles dolor, molestia o humillación y el uso de castigos físicos severos suele intensificarse conforme las niñas, niños y adolescentes van creciendo.
Mencionó también que, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes marca los lineamientos mínimos que deben seguir las leyes locales en la materia. Por tanto, con las reformas hechas a la Ley General en 2021 en las que se establece la prohibición expresa del castigo corporal y humillante, obliga a las entidades federativas a hacer las adecuaciones a los ordenamientos locales para ser acordes a esta disposición, por ello este Congreso realizó lo correspondiente dentro de la normativa estatal.
En este sentido dentro del Código Civil se estableció que quienes integren una familia o unidad doméstica o que tengan cualquier otra relación interpersonal están obligados a evitar conductas que generen violencia familiar. Y queda prohibido que la madre, padre o cualquier otra persona en la familia utilice el castigo corporal o cualquier otro tipo de trato y castigo humillante como forma de corrección o disciplina de niñas, niños y adolescentes.
Mientras tanto, en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se plasma que es responsabilidad de cualquier persona que tenga relación con niñas, niños y adolescentes, practicar la crianza respetuosa en beneficio del desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes.
Además, se plantea que las autoridades estatales y municipales, realizarán campañas permanentes de difusión para dar a conocer e incentivar el proceso de denuncia respecto al abuso y maltrato infantil o cualquier conducta o hecho que vulnere el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes; con la finalidad de prevenir, atender y sancionar los casos en que se les genere cualquier tipo de violencia. Dichas campañas podrán realizarse a través de radiodifusoras, televisoras, portales electrónicos oficiales, redes sociales y demás medios de comunicación que se consideren necesarios.
Es así que, con las reformas realizadas el Congreso continúa su labor para que en la Entidad exista la promoción de esquemas de crianza respetuosa y fortalecimiento familiar en la Entidad, y sobre todo, acciones para combatir cualquier tipo de castigo corporal y humillante a niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa fue presentada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN).